Si, se trabajan créditos en Leasing el cual nos brinda los siguientes beneficios:
-Con respecto a los ingresos se mantienen la capacidad de pago se mantiene igual no se refleja el crédito adquirido.
-Para efectos tributarios es deducible de gastos.
-En este caso el bien no es embargable.
-En caso de divorcio no es bien ganancial